En su comunicado, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN expresamente reiterá las indicaciones legales que se deben de tener en cuenta para modificar la declaración de importación de corto a largo plazo, lo cual obliga a liquidar para ello, los tributos aduaneros que se habrían causado desde la fecha de presentación y aceptación de la declaración inicial, siguiendo las normas consagradas para las importaciones temporales de largo plazo y cancelando las cuotas que se encuentren vencidas.
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