La Dian a través de Comunicado expedido el 3 de enero de 2023, recuerda a los contribuyentes tiene vigencia indefinida y que sólo se actualiza cuando se presenten cambios en alguna de la información suministrada en el mismo, tal como la dirección, correo electrónico, responsabilidades, etc. entre otros.
Por lo tanto las empresas o entidades. no pueden exigir el Rut con la fecha actualizada en la casilla 61.