La Corte Suprema de Justicia, declaró la responsabilidad de un empleador, por la muerte de dos trabajadores a causa de un accidente de trabajo en un vehículo conducido por una persona no calificada para ello.
Resaltó la Honorable Corporación, la importancia del cumplimiento en la «diligencia o cuidado ordinario o mediano» que debe tener el empleador para con sus trabajadores y determinó que es claro que la falta de experiencia del empleado para ejecutar la labor que le fue encomendada, no es un hecho imputable a éste, sino al directo responsable de la cosa inanimada, esto es el empleador, quien debió ejercer las funciones de protección y seguridad frente a sus trabajadores, para lo cual debió designar en el oficio de conductor a una personas idónea, quien por sus conocimientos y experiencia, probablemente hubiera podido sortear la situación que ocasionó la muerte a los causantes.