foto mercedesColombia ha iniciado un proceso de convergencia hacia estándares internacionales de contabilidad e información financiera, así mismo  Estándares Internacionales de Aseguramiento de la Información,  mediante la Ley 1314 de 2009;  éste panorama plantea un reto a los contadores públicos que desempeñan o proyectan desempeñar un rol como auditores o revisores fiscales.

Este proceso de convergencia, debe enmarcarse en los estándares desarrollados por el Comité Internacional de Normas de Auditoría y Seguridad (IAASB), por sus siglas en inglés, de la Federación Internacional de Contadores (IFAC), los cuales han sido considerados como las mejores prácticas Internacionales y que serán de obligatorio cumplimiento en Colombia.

Es necesario que los contadores se preparen en NIIF y que adquieran los elementos conceptuales y técnicos, así como los instrumentos que faciliten la aplicación de las Normas Internacionales de Auditoría, que permitan al auditor generar una mayor confianza sobre la información financiera; de ésta forma  pueda expresar una opinión adecuada a las circunstancias.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió el Decreto 0302 de Febrero 20 de 2015, (cuya aplicación será obligatoria  a partir del 1 de Enero de 2.016), por el cual se reglamenta la Ley 1314 de 2009 sobre el marco normativo para las normas de aseguramiento de la información.  El presente decreto, será de obligatorio cumplimiento para los revisores fiscales, que presten sus servicios a entidades del grupo 1 y a las entidades del grupo 2, que tengan más de 30.000 salarios mensuales vigentes de activos o más de 200 trabajadores, en los términos establecidos para tales efectos en los decretos 2784 de 2012 y 3022 de 2013 y normas posteriores que los modifiquen, adicionen o sustituyan.

En el trasegar hacia el camino de convergencia de las mejores prácticas contables y financieras, las normas de aseguramiento de la información se convierten en el insumo de control de vanguardia para auditar los estándares contables. Desde el punto de vista técnico, efectivamente las normas de aseguramiento contienen todo un acervo teórico –técnico, suficiente para emitir bien sea una opinión sobre los estados financieros,  trabajos de revisión,  trabajos para atestiguar y para que estos se desarrollen bajo mínimos estándares de confianza, surge el código de ética de IFAC como la solución, con principios fundamentales como la integridad, la objetividad, la competencia,  diligencia profesional y la confidencialidad.

Colombia inicia su proceso de transición hacia los estándares internacionales de aseguramiento de la información, el referido marco incluye los siguientes estándares: las Normas Internacionales de Auditoría (NIA); la Norma Internacional de Control de Calidad (NICC); las Normas Internacionales de Trabajos de Revisión (NITR); las Normas Internacionales de Trabajos para Atestiguar (ISAE); las Normas Internacionales Sobre Servicios Relacionados (NISR) y el código de ética para profesionales de la contabilidad. Este conjunto de normas es emitido por el International Auditing Assurance Board (IAASB), bajo el auspicio de la International Federation of Accountants (IFAC).

Para mayor comprensión se anexa figura resumen de las NAI, extraído de www.comunidadcontable.com

CUADRO

Este conjunto de normas le van a permitir al contador público en calidad de revisor fiscal o auditor externo, apoyar el desarrollo de su trabajo profesional con herramientas de alta calidad en la ejecución de su trabajo, situación que le exigirá:

  1. a) Conocer de forma amplia y suficiente cada uno de los estándares relacionados con las normas de aseguramiento de la información.
  2. b) Establecer claramente las diferencias entre las NIA, ISAE, NITR y NICC, dado que cada uno de estos estándares se utiliza para objetivos y fines distintos.
  3. c) Cambiar el concepto de revisión por el de aseguramiento o atestiguamiento.
  4. d) Concientizarse del cambio trascendental que representa pasar de aplicar las normas de auditoría generalmente aceptadas, descritas en el artículo 7º de la Ley 43 de 1990, a la aplicación del desarrollo del conjunto de estándares contenidos en el marco técnico normativo de aseguramiento de la información.

En este contexto, cada categoría de normas tiene en términos generales, la siguiente aplicación:

  1. Normas Internacionales de Auditoría (NIA)

Conjunto de normas que permite a los auditores aplicar de forma técnica y adecuada la obtención de evidencia de auditoría, para emitir una opinión sobre la razonabilidad de los estados financieros, preparados bajo los nuevos marcos normativos aplicables en Colombia, donde el auditor debe incrementar el grado de confianza de los usuarios de dicha información, incluida la evaluación del sistema de control interno y la evaluación de riesgos.

  1. Normas Internacionales de Control de Calidad (NIIC)

Este conjunto de normas requiere especial atención de las firmas de auditoría (el concepto se debe entender en el contexto del ejercicio de un profesional independiente, una sociedad, cualquiera que sea su forma jurídica o cualquier otra entidad conformada por profesionales de la contaduría pública), en sus procesos y procedimientos para completar de forma  oportuna la documentación y archivos respectivos; el objetivo es obligar a las firmas de auditoría, a estructurar un sistema de control de calidad en el desarrollo de un proceso auditor.

  1. Normas Internacionales de Trabajos de Revisión (NITR)

Este conjunto de normas es aplicable a un auditor que acepta el encargo, para efectuar una revisión de los estados financieros intermedios y no es responsable de emitir una opinión sobre los estados financieros anuales.

  1. Las Normas Internacionales de Trabajos Para Atestiguar (NITA)

Este conjunto de normas puede ser utilizado por el contador público,  en calidad de auditor para el desarrollo de su práctica profesional en trabajos para atestiguar, que no son auditoría o revisión de información financiera histórica, cubiertos por las normas internacionales de auditoría(NIA); así mismo en la aplicación de procedimientos para la información financiera prospectiva, incluidos los utilizados para examinar las hipótesis de los casos de mejor estimación posible  o de situaciones hipotéticas.

  1. Las Normas Internacionales de Servicios Relacionados(NISR)

Este tipo de normas se refiere a encargos relacionados con la información financiera y se aplican a otros encargos relativos, o sea, a información no financiera, siempre y cuando el auditor tenga conocimiento adecuado de las cuestiones relativas al encargo y existan criterios en los que el auditor pueda basar sus conclusiones, por ejemplo, la aplicación de procedimientos previamente acordados o convenidos.  (ver información complementaria en   www.comunidadcontable.com).

Esta pequeña introducción a la importancia de las normas internacionales de aseguramiento, nos reta como profesionales del área contable a enfrentar con entusiasmo y pasión, las transformaciones exigidas por un mundo globalizado, que exige un talento humano con mayores competencias y apropiación del nuevo sistema de estándares internacionales, buscando hablar un mismo idioma financiero para la proyección y crecimiento del sector empresarial, de los profesionales y de la comunidad en general.

MERCEDES CATAÑO OROZCO
CONTADORA PÚBLICA
ESPECIALISTA EN REVISORIA FISCAL

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