La Unidad Administrativa Especial de Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), reitera las fechas, los pasos y la información a suministrar, a través de un Sistema Técnico de Control, por las empresas que se acogen el mercado dedicado a las actividades de: “procesar y/o prestar el servicio de curtido, preparación, teñido de cueros o pieles, así como comercialicen o exporten pieles y cueros de animales”, para presentar la información del año 2015, y de los siguientes años.
Ver Resolución 132 de 22/12/2015
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