La DIAN a través del Oficio No. 0404 de Mayo 5 de 2015,que corresponde al número externo 012887 de la misma fecha; publicado en el diario oficial 49538 de junio 9 de 2015 página 60 del diario oficial referenciado, revocó la tesis de que en los contratos de una duración inferior a tres meses no era obligatorio solicitar la comprobación del pago de aportes al Sistema General de la Seguridad Social por parte de los independientes. Sin embargo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 264 de la ley 223 de 1.995 cuando la DIAN cambia de doctrina, la nueva sólo comienza a regir a partir de la publicación en el diario oficial del concepto que la modifica.
Conoce el Oficio 0404 de Mayo 2015